Las prestaciones incorporadas en el marco de las leyes Nº 24.754 y 26682 y las Resoluciones 201/02 y 1991/05 M.S., deberán ser gestionadas ante MEDICAL'S S.A., quien indicará los prestadores para cada caso. Hay prestaciones obligatorias de cobertura médico-asistencial, infórmese de los términos y alcances del Programa Medico Obligatorio en wwww.buenosaires.gov.ar (Ley 2792 CABA y Ley 13987) orientación al consumidor Bs. As. 0800-222-9042 y el órgano de control SSS 0800-222-72583. www.sssalud.gov.ar